Las horas trabajadas de forma nocturno tendrán una retribución específica que se determinará en los convenios colectivos. La retribución deberá ser mayor que la correspondiente a igual trabajo, pero diurno, por ser mayor el gravamen personal que implica.
Modalidades de salario
1.- Salario en dinero, es aquel consistente en la entrega de una cantidad en moneda, talón, transferencia bancaria o cualquier otra modalidad de pago similar a través de entidades de crédito.
2.- Salario en especie, es aquel que se realiza mediante la entrega de productos o servicios de cualquier clase, la cuantía del mismo no podrá exceder del 30 % de las percepciones saláriales del trabajador.
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